Alejandra Soltero

Verificado en julio de 2026

Oficina en San Juan, Puerto Rico · También atiende Aguas Buenas, Bayamón, Caguas, Carolina, Dorado, Fajardo, Humacao, Ponce, Trujillo Alto 18 años de experiencia
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Resumen con IA

Alejandra Soltero ejerce en el área de quiebras (capítulos 7, 12 y 13) con 18 años de experiencia en Bayamón, Ponce, Aguas Buenas, Caguas, Carolina, Dorado, Fajardo, Humacao, San Juan y Trujillo Alto. Alejandra domina español, inglés y francés.

Aún no se ha proporcionado biografía.

Preguntas Frecuentes

¿Qué leyes de quiebra aplican en Puerto Rico?
La quiebra se rige por el Código de Quiebras federal de los Estados Unidos y es atendida por el Tribunal de Quiebras de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico. Las personas naturales usualmente radican bajo el Capítulo 7 o el Capítulo 13, y el Capítulo 12 cubre a agricultores y pescadores de familia. Las reorganizaciones de negocios bajo el Capítulo 11 se atienden como un área de práctica aparte.
¿Radicar una quiebra detendrá los esfuerzos de cobro de los acreedores?
Sí. La radicación activa una paralización automática que detiene la mayoría de las gestiones de cobro, incluyendo demandas, embargos de salario y ejecuciones de hipoteca. Algunas deudas, como ciertas contribuciones y la pensión alimentaria, podrían no ser descargables.