Abogados de Quiebras (Capítulos 7, 12 y 13) en Puerto Rico

Bankruptcy (Chapters 7, 12 & 13) Lawyers in Puerto Rico

Quiebras bajo los Capítulos 7, 12 y 13, alivio de deudas y planes de pago para individuos, familias y agricultores familiares.

Chapter 7, Chapter 12, and Chapter 13 bankruptcy filings, debt relief, and repayment plans for individuals, families, and family farmers.

7 abogados disponibles en Puerto Rico
José A. Sánchez-Girona
Saldaña, Carvajal & Vélez-Rivé, P.S.C.

Puerto Rico

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José A. Sánchez-Girona ejerce en las áreas de quiebras (capítulos 7, 12 y 13) y quiebra (acreedor) con 20 años de experiencia en San Juan. José A. domina español y inglés.

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20 años exp.
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Natalia P. Betancourt-Torregrosa
Saldaña, Carvajal & Vélez-Rivé, P.S.C.

Puerto Rico

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Natalia P. Betancourt-Torregrosa ejerce en las áreas de quiebras (capítulos 7, 12 y 13) y quiebra (acreedor) con 9 años de experiencia en San Juan. Natalia P. domina español y inglés.

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9 años exp.
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Luis J. Sotomayor-Landrón
Saldaña, Carvajal & Vélez-Rivé, P.S.C.

Puerto Rico

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Luis J. Sotomayor-Landrón ejerce en las áreas de quiebras (capítulos 7, 12 y 13) y quiebra (acreedor) con 3 años de experiencia en San Juan. Luis J. domina español y inglés.

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3 años exp.
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San Juan

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Alejandra Soltero ejerce en el área de quiebras (capítulos 7, 12 y 13) con 18 años de experiencia en Bayamón, Ponce, Aguas Buenas, Caguas, Carolina, Dorado, Fajardo, Humacao, San Juan y Trujillo Alto. Alejandra domina español, inglés y francés.

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18 años exp.
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Aguada

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Marysol Román ejerce en las áreas de quiebras (capítulos 7, 12 y 13) e inmigración en Hormigueros, Mayagüez, Moca, Ponce, Yauco, Aguada, Aguadilla, Añasco, Cabo Rojo y San Germán. Marysol domina español y inglés.

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Puerto Rico

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Paola Cervoni Curet ejerce en las áreas de quiebras (capítulos 7, 12 y 13) y notaría pública. Paola domina inglés y español.

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Preguntas Frecuentes — Quiebras (Capítulos 7, 12 y 13)

¿Qué leyes de quiebra aplican en Puerto Rico?

La quiebra en Puerto Rico se rige por el Código de Quiebras de EE.UU. y se tramita ante el Tribunal de Quiebras de EE.UU. para el Distrito de Puerto Rico. Las personas suelen acogerse al Capítulo 7 (liquidación) o al Capítulo 13 (reorganización con un plan de pago), y el Capítulo 12 ofrece una vía similar para agricultores y pescadores de familia. Las reorganizaciones de negocios bajo el Capítulo 11 son un área de práctica aparte.

¿Cuál es la diferencia entre el Capítulo 7 y el Capítulo 13?

El Capítulo 7 cancela la mayoría de las deudas no garantizadas tras liquidar los bienes no exentos y suele concluir en pocos meses. El Capítulo 13 le permite conservar su propiedad y pagar a los acreedores durante tres a cinco años mediante un plan aprobado por el tribunal. Sus ingresos y el tipo de deuda determinan a qué opción califica.

¿Presentar una quiebra detendrá los esfuerzos de cobro de los acreedores?

Sí. La presentación activa una paralización automática que detiene de inmediato la mayoría de las acciones de cobro, incluyendo demandas, embargos de salario, ejecuciones hipotecarias y llamadas de acoso. Algunas obligaciones, como ciertos impuestos, la pensión alimentaria y los préstamos estudiantiles, pueden no ser cancelables, por lo que es importante recibir asesoría legal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué leyes de quiebra aplican en Puerto Rico?
La quiebra se rige por el Código de Quiebras federal de los Estados Unidos y es atendida por el Tribunal de Quiebras de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico. Las personas naturales usualmente radican bajo el Capítulo 7 o el Capítulo 13, y el Capítulo 12 cubre a agricultores y pescadores de familia. Las reorganizaciones de negocios bajo el Capítulo 11 se atienden como un área de práctica aparte.
¿Radicar una quiebra detendrá los esfuerzos de cobro de los acreedores?
Sí. La radicación activa una paralización automática que detiene la mayoría de las gestiones de cobro, incluyendo demandas, embargos de salario y ejecuciones de hipoteca. Algunas deudas, como ciertas contribuciones y la pensión alimentaria, podrían no ser descargables.

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